Abogado EDUARDO J. MOYA TOTESAUT, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JUAN JOSÉ MÁRQUEZ FONTAN, contra la Resolución DGRHAP/DD/DCRNo. 007450 emanada del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.
AMPARO CAUTELAR
Solicita medida de amparo cautelar de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 5 y 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, “…por habérsele violentado el Numeral 1°, del Articulo 49, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como lo es el Derecho a la Defensa y el Debido Proceso, ya que sin Procedimiento alguno y sin motivo justificado, se le desmejoró Laboralmente, ya que de ser COORDINADOR, como Empleado Publico, por mas de Quince (15) años, lo designan VIGILANTE, un cargo de Menor Jerarquía, como Obrero al Servicio de la Administración Pública.”
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